Resumen: UNICO.- El Juzgado de lo Social nº 11 de Bilbao dictó sentencia el 14-1-2020 en la que declaró al trabajador, Policía Municipal, en situación de Incapacidad Permanente Parcial -IPP- para su profesión, por razón de las lesiones que describe el hecho probado cuarto.
Resumen: Se desestima el recurso de casación contra la sentencia que había condicionado la efectividad de unos legados, calificados como de cosa cierta y determinada, a la formación de inventario y a la liquidación de la sociedad de gananciales del causante. En el legado de cosa cierta hay sucesión (particular) del causante por el legatario, sin mediación del heredero, pero el legatario no puede obtener su posesión por su propia autoridad, sino en virtud de una acción personal frente al heredero o quien represente la herencia. A diferencia del "derecho abstracto" del legatario de parte alícuota, el legatario de cosa específica adquiere directamente la propiedad de la cosa, lo que ha de compatibilizarse con la prohibición de ocupar por su propia autoridad la cosa legada. El derecho de los legatarios está subordinado al previo pago de las deudas del causante y a la intangibilidad de las legítimas. En este caso, además, parte de los bienes legados son gananciales (en tal caso, el legado se limita a la mitad indivisa del bien si esa parte es adjudicada al causante o al valor de la mitad del bien si se adjudica íntegramente al otro cónyuge). El retraso fraudulento de las operaciones particionales por parte de los herederos puede evitarse mediante la doctrina del abuso del derecho y, en este caso, una de las legatarias demandantes es la viuda, cuya posición jurídica como legitimaria, aunque no es idéntica a la del heredero, le permite promover el juicio de división de herencia.
Resumen: PRIMERO.- Don José plantea recurso de suplicación contra la sentencia que desestima la demanda en la que reclamaba la situación de incapacidad permanente, principalmente, en el grado de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio y subsidiariamente, en el grado de total para su profesión habitual de albañil, habiendo ampliado en su día la demanda y extendiendo su petición a las contingencias profesionales.
Resumen: PRIMERO.- Don Fidel formula recurso de suplicación contra la sentencia ( y auto rectificatorio dela misma) que desestima la demanda que formuló el mismo contra su empleadora, Transportes Gómez Noriega, S.L.
Resumen: PRIMERO.- El juzgado de lo social nº 4 Donostia-San Sebastián ha dictado sentencia desestimando la demanda de Dª Ofelia y confirmando el criterio administrativo de no concurrencia de grado alguno de incapacidad permanente.